5.12.06

El Salario (Exp. 6)


El salario es la remuneración provecho o ventaja, que le paga en forma periódica y en efectivo a un trabajador su empleador a cambio de la realización de alguna tarea o trabajo comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, recargos por días feriados, horas extras, alimentación y vivienda. No se forman parte de el las percepciones de carácter accidental, prestación de la antigüedad ni beneficios sociales a menos que se estipule lo contrario.




Clases de Salario
Artículo 140 “… por unidad de tiempo, cuando se toma en cuenta el trabajo que se realiza en un determinado lapso, sin usar como medida el resultado del mismo”Artículo 141 “… por unidad de obra, por pieza o a destajo, cuando se toma en cuenta la obra realizada por el trabajador, sin usar como medida el tiempo empleado para ejecutarla”Artículo 142 “… por tarea, cuando se toma en cuenta la duración del trabajo, pero con la obligación de dar un rendimiento determinado dentro de la jornada”

El salario mínimo es el mínimo legal que un trabajador puede cobrar. Cada país puede establecer sus propias leyes y regulaciones de salario mínimo.

Ley de Alimentación para los Trabajadores.

Tiene por objeto regular el beneficio de alimentación para proteger y mejorar el estado nutricional de los trabajadores, a fin de fortalecer su salud, prevenir las enfermedades ocupacionales y propender a una mayor productividad laboral.

El beneficio puede ser otorgado: Mediante la instalación de comedores propios de la empresa, operados por ella o contratados con terceros; contratación del servicio de comida elaborada por empresas especializadas; provisión o entrega al trabajador de cupones, tickets o tarjetas electrónicas de alimentación; instalación de comedores comunes por parte de varias empresas, próximos a los lugares de trabajo; y por la utilización de los servicios de los comedores administrados por el órgano Instituto de Nutrición.

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